A r a n c e l e s
Artículo 81. Causas
de separación y nulidad.
Los
procuradores, por las actuaciones en los Tribunales Eclesiásticos, percibirán
los siguientes derechos:
a) Por las causas de separación conyugal:
1.º En procedimiento sumario, 300 euros.
2.º
En procedimiento plenario, 600 euros.
b) Por
las causas de nulidad de matrimonio, 600 euros.
c) Por
las actuaciones ante el Tribunal de la Rota, 800 euros.